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Artículo 994 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 994 dice que si compras sopa deshidratada (como las de sobre o cubito), al prepararla con agua, debe tener la misma cantidad de nitrógeno que el caldo con el que se hizo originalmente. El nitrógeno es una sustancia que está en los alimentos y sirve para medir si tiene suficiente proteína o ingredientes de calidad. En pocas palabras, la sopa debe ser honesta: no vale que al reconstituirla sea más aguada o más pobre de lo que promete.

Texto oficial

ARTICULO 994.-El contenido de nitrógeno por litro de sopa deshidratada reconsti• tuida deberá corresponder al del caldo utilizado en su elaboración.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 103) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.