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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
11

Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 11 dice que cada persona es dueña de su propio cuerpo y de todo lo que su cuerpo produce, como órganos, sangre o tejidos. Esto significa que nadie más puede decidir por ti sobre tu cuerpo, solo tú tienes la última palabra. Por ejemplo, si quieres donar un órgano, tú eres quien decide si lo haces o no. En pocas palabras, eres el jefe de tu cuerpo.

Texto oficial

ARTICULO 11.- Es disponente originario la persona con respecto a su propio cuerpo y los productos del mismo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 5) ↗

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