Artículo 110 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te den permiso de sacar un cuerpo de la tumba, necesitas llevar el acta de defunción, un certificado oficial y el comprobante de que ya lo enterraron. También tienes que explicar por qué quieres exhumar y decir a dónde irán los restos después.
Texto oficial
ARTICULO 110.- Para que la autoridad sanitaria expida el permiso de exhumación a que se refiere la fracción VII de artículo 100 de este Reglamento, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos: I.- Presentar el certificado y el acta de defunción y comprobante de inhumación, y II.- Expresar los motivos de la exhumación y destino final de los restos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.