Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los bancos de órganos y tejidos (lugares que guardan y preparan órganos para trasplantes) no pueden trabajar solos. La ley dice que deben estar conectados con uno o más hospitales o clínicas, ya sean del gobierno, de organizaciones sociales o privadas. Esto es para que todo el proceso sea coordinado y seguro. En pocas palabras, un banco de órganos siempre tiene que trabajar de la mano con algún centro de salud.
Texto oficial
ARTICULO 32.- Los bancos de órganos y tejidos deberán funcionar en coordinación con uno o varios establecimientos de salud de los sectores público, social o privado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.