Artículo 61 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien conocido fallece y el Ministerio Público o un juez ordenan que se le haga una autopsia, el cuerpo puede usarse para investigaciones o enseñanza, pero solo siguiendo las reglas de este reglamento y las normas técnicas que le corresponden. Si lo que se quiere es usar partes del cuerpo para trasplantes, además de lo que ya dice el reglamento, se debe cumplir con lo que marca el artículo 325 de la Ley. También se necesita que el hospital o banco de órganos interesado presente una solicitud por escrito y avise a la autoridad de salud.
Texto oficial
ARTICULO 61.- Tratándose de cadáveres de personas conocidas en los cuales el Ministerio Público o la autoridad judicial hayan ordenado la práctica de la necropsia, su utilización con fines de investigación o docencia se realizará de conformidad con lo dispuesto por este Reglamento y las normas técnicas correspondientes; si la utilización es con fines de transplante, se estará además a lo dispuesto por el artículo 325 de la Ley y se requerirá solicitud por escrito de la institución o banco de órganos y tejidos interesado, así como informar a la autoridad sanitaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.