Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando entierran a alguien, su cuerpo debe quedarse en la tumba un tiempo mínimo obligatorio: 6 años si la persona tenía 15 años o más al morir, y 5 años si tenía menos de 15 años. Cumplido ese plazo, los restos ya no se consideran un cadáver, sino "áridos", que básicamente son los huesos secos que quedan después de mucho tiempo.
Texto oficial
ARTICULO 67.- Los cadáveres que sean inhumanos deberán permanecer en las fosas, como mínimo: I.- Seis años los de las personas mayores de quince años de edad al momento de su fallecimiento, y II.- Cinco años los de las personas menores de quince años de edad al momento de su fallecimiento. Transcurridos los anteriores plazos, los restos serán considerados como áridos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.