Artículo 75 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los doctores o científicos solo pueden hacer investigaciones o enseñar sobre trasplantes si ya no hay otra forma de obtener la información que necesitan. Además, antes de hacer estudios con personas, deben haber hecho pruebas en animales o en laboratorios para asegurarse de que sea seguro. También tienen que seguir las reglas del artículo 346 de la Ley General de Salud, que es la ley principal. En pocas palabras, no se puede experimentar a lo loco en humanos sin haber agotado otras opciones y sin pruebas previas.
Texto oficial
ARTICULO 75.- La investigación y docencia clínicas en materia de trasplantes sólo podrá hacerse en los términos del artículo 346 de la Ley, cuando la información que se busque no pueda obtenerse por otro REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE LA DISPOSICIÓN DE ORGANOS, TEJIDOS Y CADÁVERES DE SERES HUMANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 26-03-2014 17 de 33 método, y deberá estar fundamentada en la experimentación previa realizada en animales, en laboratorios o en otros hechos científicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.