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Artículo 77 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo las escuelas de medicina, facultades de medicina o instituciones médicas donde se den clases sobre esto pueden usar cadáveres para enseñar o investigar sobre trasplantes. Es decir, no cualquier persona o lugar puede hacerlo, sino únicamente esos centros autorizados. Así se aseguran de que se maneje con respeto y con fines educativos o científicos.

Texto oficial

ARTICULO 77.- La docencia e investigación en materia de trasplantes con cadáveres sólo podrá hacerse en las escuelas y facultades de medicina o en instituciones médicas donde se imparta enseñanza en esta materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.