- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
- Artículo
- 101
Artículo 101 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser responsable de un establecimiento médico, necesitas dos cosas: primero, tener título de médico cirujano; segundo, tener experiencia en el servicio que ofrece el lugar, como hospital o clínica.
Texto oficial
ARTICULO 101.-Los responsables a que se refiere la fracción 1 del artículo ant1erior, de• berán reunir los siguientes requisitos: l.-Contar con título profesional de médico ci• rujano, y H.-Tener experiencia en la actividad () ser• vicio a que el establecimiento se dedique.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.