Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 120 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso relacionado con este reglamento, la Secretaría puede revisarlo cuando quiera, sin avisarte antes. No importa si ya te lo dieron, ellos pueden checar que todo esté en orden en cualquier momento. Básicamente, te pueden supervisar aunque ya hayas cumplido con los trámites.

Texto oficial

ARTICULO 120.-Los permisos a que se pre• fiere este Reglamento, podrán ser revisados por la Secretaria en cualquier momento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.