Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se vaya a usar un órgano o tejido según la Ley (artículo 34), tienes que levantar un acta muy detallada que describa exactamente qué órgano o tejido es, con todos los datos para identificarlo sin confusión. También debes anotar si ese órgano se va a incinerar, se va a guardar o se manda a otro lado para investigación o enseñanza. Al final, esa acta se completa con el comprobante de que se incineró, se guardó o se recibió si fue enviado a otro lugar.
Texto oficial
ARTICULO 83 -:para los efectos del artículo ~34 de la Ley, se levantará acta pormenorIzada I:!on descrIpcIón del órgano o tejIdo de que se trate y los datos necesarIOS para su ld«mbfica• IClón Además, se hará constar SI se ordena la 10- Icmeraclón o SI se conserva () remIte para efectos de mvesbgacIón o docenCIa El acta se comple• mentará con la constanCIa de mcmeraClón, de• daracIón de conservaCIón o reCIbo en ca!,o de re• mISIón
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.