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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
36

Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que se debe tener una lista o registro de las personas que quieren donar sus órganos, tejidos o sangre. Este registro sirve para saber quiénes están de acuerdo en donar cuando sea necesario.

Texto oficial

ARTICULO 36.-....................................... . 1 Y IL-...................................................... . IIl.-Llevar un registro de disponentes ori• ginarios de órganos y tejidos y de disponentes de sangre humana; IV a VI.-................................................... .

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 4) ↗

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