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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
39

Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La sangre no se puede comprar ni vender como si fuera una mercancía. Esto significa que está prohibido hacer negocios con ella, como si fuera un producto más en el mercado. Así que, aunque puedas donarla o recibirla para una transfusión, nadie puede lucrar vendiéndola. Es un derecho de todos que la sangre se maneje solo con fines médicos y humanitarios, no comerciales.

Texto oficial

ARTICULO 39.-La sangre en ningún caso podrá ser objeto de actos de comercio.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 4) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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