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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
42

Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las herramientas que se usen para sacar sangre, guardarla o aplicarla a alguien (como agujas, bolsas o equipos de transfusión) deben ser de un solo uso, es decir, desechables, para evitar infecciones. Además, esas herramientas tienen que cumplir con los requisitos de calidad que ponga la Secretaría de Salud en sus reglas técnicas. En pocas palabras: todo el material debe ser nuevo, seguro y estar aprobado por las autoridades sanitarias.

Texto oficial

ARTICULO 42.-El material para la obten• ción y conservación, así como para la apli• cación de sangre o componentes y derivados de la misma deberá ser desechable y reunir las condiciones de control de calidad que establez• ca la Secretaría en las normas técnicas que ex• pida.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 4) ↗

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