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Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 60 solo define términos del reglamento para que todos entendamos lo mismo. Por ejemplo, "aféresis" es un método para separar partes de la sangre de una sola persona donante usando una máquina. "Disponente de Sangre Humana" es quien dona su sangre gratis, ya sea para un paciente específico que el médico pida, o para quien la necesite sin destinarla a alguien en particular. "Embrión" es el producto de la concepción hasta la semana 13 de embarazo, y "feto" es desde la semana 13 hasta que nace. También aclara que "órgano" es un conjunto de tejidos que trabajan juntos, como el corazón, y "producto" son cosas que el cuerpo expulsa normalmente, como la placenta o las células de la piel.

Texto oficial

ARTICULO 60.-Para los efectos de este Reglamento, se entiende por: derivados, productos y cadáveres, incluyendo los de embriones y fetos, con fines terapéuti• cos, de docencia o de investigación; XII.-Disponente de Sangre Humana: La persona que suministra gratuitamente su san• gre en cualquiera de las siguientes fOlmas: A) A un paciente a solicitud del médico tratante o del establecimiento hospitalario, o B) Atendiendo a un llamado general y sin tener en cuenta a qué persona pueda destinar• se, o bien sea utilizada para la obtención de l.-Aféresis: El procedimiento que tiene componentes y derivados de la sangre; por objeto la separación de componentes de la XIII.-Embrión: El producto de la concep• sangre provenientes de un solo disponente de ción hasta la décimo tercera semana de gesta• sangre humana, mediante centrifugación di- ción; recta o con máquinas de flujo continuo o dis- XIV.-Feto: el producto de la concepción a continuo; partir de la décimo tercera semana de gesta- II.-Banco de Organos y Tejidos: Todo es- ción, hasta su expulsión del seno materno; tablecimiento autorizado que tenga como fina- XV.-Obtención de Sangre: Actividades lidad primordial la obtención de órganos y te- relativas a la extracción de sangre humana; jidos para su preservación y suministro XVI.-Organo: Entidad morfológica terapéutico; compuesta por la agrupación de tejidos dife- IH.-Banco de sangre: El establecimiento rentes que concurren al desempeño del mismo autorizadQ para obtener, recolectar, analizar, trabajo fisiológico; fraccionar, conservar, aplicar y proveer san- XVII.-Plasma Humano: El componente gre humana; así como para analizar, conser- especí~ico separado de las células de la sangre; var, apliear y proveer los componentes de la XVIII.-Producto: Todo tejido o substan- misma; cia excretada o expelida por el cuerpo humano IV.-Banco de Plasma: El establecimiento como resultante de procesos fisiológicos nor• autorizado para fraccionar sangre obtenida de males. Serán consiaerados como productos, la los Bancos de Sangre autorizados mediante el placenta y los anexos de la piel; procedimiento de aféresis, y para la conserva- XIX.-Puesto de Sangrado: Estableci- ción del plasma que resulte; miento móvil o fijo que cuenta con los elemen- V.-Cadáver: El cuerpo humano en el que tos necesarios exclusivamente para extraer se haya comprobado la pérdida de la vida; sangre de disponentes de sangre humana y que VI.-Componentes de la sangre: Las frac- funciona bajo la responsabilidad de un Banco ciones especificas obtenidas mediante el pro- de Sangre autorizado; cedimiento de aféresis; XX.-Receptor: La persona a quien se VIL-Concentrados celulares: Las células trasplantará o se le haya trasplantado un que se obtienen de la sangre dentro de su plazo órgano o tejido o transfundido sangre o sus de vigencia; componentes mediante procedimientos tera- VIIL-Derivados de).a sangre: Los produc- péuticos; tos obtenidos de la sangre mediante un proce- XXL-Sangre: El Tejido hemático con to- so industrial, que tengan aplicación terapéuti- dos sus elementos; ca, diagnóstica, preventiva o en investigación; XXII.-Sangre humana transfundible: El IX.-Destino final: La conservación per- tejido hemático recolectado en recipientes con manente, inhumación o desintegración en con- anticoagulantes, en condiciones que permitan diciones sanitarias permitidas por la Ley y es-, su utilización durante el tiempo de vigencia, te Reglamento, de órganos, tejidos y sus com- de acuerdo al anticoagulante usado; ponentes y derivados, productos y cadáveres, XXIIL-Servicio de transfusión: El esta• de seres humanos, incluyendo los embriones y blecimiento autorizado para el manejo, con• fetos; servación y aplicación de sangre humana y sus X.-Disponente: Quien autorice, de acuer- componentes, obtenidos de un banco de san• do con la Ley y este Reglamento, la disposi- gre; 30 DIARIO OFICIAL Jueves 26 de noviembre de 1987 XXIV.-Tejido: Entidad morfológica com• puesta por la agrupación de células de la mis• ma naturaleza, ordenadas con regularidad y que desempeñan una misma función. La san• gre será considerada como tejido; XXV.-Terapéutica: La rama de la medici• na que establece los principios aplicables y los medicamentos o medios para el tratamiento de las enfennedades en fonna racional, y XXVI.-Transfusión: Procedimiento a tra• vés del cual se suministra sangre o cualquiera de sus componentes a un ser humano, solamen• te con fines terapéuticos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.