Artículo 61 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien muere y su cuerpo es identificado, y el Ministerio Público o un juez ordena que se le haga una autopsia (necropsia), ese cuerpo solo se puede usar para enseñanza o investigaciones si se siguen las reglas de este reglamento y las normas técnicas. Si en vez de eso se quiere usar para trasplantes, además de lo anterior, se necesita cumplir con el artículo 325 de la Ley. También se requiere que el hospital o banco de órganos que lo pida lo solicite por escrito y avise a la autoridad de salud.
Texto oficial
ARTICULO 61.-Tratándose de cadáveres de personas conocidas en los cuales el Ministe• rio Público o la autoridad judicial hayan orde• nado la práctica de la necropsia, su utilización con fines de investigación o docencia se reali• zará de conformidad con lo dispuesto por este Reglamento y las normas técnicas correspon• dientes; si la utilización es con fines de tras• plante, se estará además a lo dispuesto por el artículo 325 de la Ley y se requerirá solicitud por escri to de la institución o banco de órganos y tejidos interesado, así como informar a la au• toridad sanitaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.