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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
43

Artículo 43 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la receta de un remedio con plantas medicinales, no está permitido incluir marihuana, ya sea natural o creada en laboratorio. Esto quiere decir que ningún producto herbolario puede llevar cannabis de ninguna forma. Si un doctor o preparador hace una mezcla de hierbas, debe asegurarse de no ponerle cannabis.

Texto oficial

ARTÍCULO 43. En la formulación de un remedio herbolario no podrá incluirse Cannabis de origen natural o sintético.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 18) ↗

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