Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La COFEPRIS (que es como la autoridad sanitaria en México) debe saber cuándo y dónde vas a destruir marihuana, sus ingredientes o medicamentos que la contengan. Tienes que avisarles antes y hacer la destrucción frente a un verificador sanitario, que es una persona autorizada que revisa que todo se haga correctamente. El verificador se asegura de que realmente se destruyan esos materiales. Esto aplica a negocios o personas que manejan estos productos legalmente.
Texto oficial
ARTÍCULO 45. La destrucción de Materias Primas, Derivados Farmacológicos o Medicamentos de Cannabis, deberá comunicarse a la COFEPRIS y realizarse en presencia de un verificador sanitario, quien constatará que sean destruidos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.