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Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La COFEPRIS (que es como la autoridad sanitaria en México) debe saber cuándo y dónde vas a destruir marihuana, sus ingredientes o medicamentos que la contengan. Tienes que avisarles antes y hacer la destrucción frente a un verificador sanitario, que es una persona autorizada que revisa que todo se haga correctamente. El verificador se asegura de que realmente se destruyan esos materiales. Esto aplica a negocios o personas que manejan estos productos legalmente.

Texto oficial

ARTÍCULO 45. La destrucción de Materias Primas, Derivados Farmacológicos o Medicamentos de Cannabis, deberá comunicarse a la COFEPRIS y realizarse en presencia de un verificador sanitario, quien constatará que sean destruidos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.