Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que puedas importar o exportar cannabis como materia prima, medicamentos o derivados, necesitas un permiso especial de sanidad antes de hacer el trámite. Ese permiso lo dan la SADER o la COFEPRIS, cada una según lo que le toque revisar. Sin ese permiso, no puedes meter ni sacar estos productos del país. En pocas palabras, primero tienes que pedir la autorización oficial, y luego ya puedes mover la mercancía.
Texto oficial
ARTÍCULO 49. Para la Importación y Exportación de Materia Prima, Derivados Farmacológicos y Medicamentos de Cannabis, según sea el caso, deberá contarse con permiso sanitario previo para la Importación o Exportación, otorgado por la SADER o la COFEPRIS, en el ámbito de sus atribuciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.