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Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir permiso de importar semillas de cannabis para sembrar, debes entregar un formato y los siguientes documentos a la autoridad sanitaria: 1. Tu nombre completo o el de tu empresa, tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC), los datos de tu representante legal si aplica, un correo electrónico, tu domicilio, una dirección donde puedas recibir notificaciones oficiales y los nombres de las personas autorizadas para recibirlas. 2. Explicar para qué vas a sembrar: si es para investigación, debes incluir el protocolo de investigación ya aprobado; si es para fabricar medicamentos de cannabis, necesitas el registro sanitario vigente. 3. Un certificado (de la OCDE o de la autoridad del país que exporta) que demuestre que la variedad de semilla o planta está permitida y que tú tienes autorización para investigación o fabricación de medicamentos. 4. El tipo de envase o empaque que usarás para traer el producto al país, la cantidad exacta de semillas que quieres importar, y un mapa con las coordenadas geográficas del lugar donde las sembrarás (ese mapa se mantiene en secreto por seguridad). 5. Una copia certificada de la licencia sanitaria que te dio la COFEPRIS para producir cannabis con fines de investigación o fabricación de medicamentos.

Texto oficial

ARTÍCULO 58. Los interesados en importar Materia Prima para siembra, deberán presentar la solicitud para la expedición del certificado fitosanitario para la Importación, así como la información y documentos siguientes: I. Nombre o denominación o razón social, registro federal de contribuyentes, en su caso, nombre y personalidad jurídica del representante legal, correo electrónico, domicilio del interesado, domicilio para oír y recibir notificaciones y nombre de las personas autorizadas para recibirlas en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; II. Finalidad de la siembra, la cual deberá ser para: a) Investigación, en cuyo caso deberán presentar el Protocolo de Investigación autorizado, y b) Fabricación de Derivados Farmacológicos y Medicamentos de Cannabis, en cuyo caso deberán presentar el registro sanitario vigente; III. Certificado expedido en el marco del Sistema de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos o, en su caso, certificado expedido por la autoridad competente del país exportador, que ampare la variedad de semilla, plántula o material de propagación importado, y que el interesado se encuentra autorizado para la investigación o fabricación de Medicamentos; IV. Clase de envase o empaque que se usará para importar el producto; V. Cantidad de semilla a importar; VI. Mapa de la ubicación del Sitio Confinado Permitido, el cual deberá contener las coordenadas geográficas del Sistema de Coordenadas Universales Transversales de Mercator. Dicha información se mantendrá de forma confidencial por razones de seguridad, y VII. Copia certificada de la licencia sanitaria expedida por la COFEPRIS para producción de la Cannabis para investigación o fabricación, en términos del presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.