Artículo 65 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, para quitar las cintas de seguridad de medicamentos hechos con cannabis, un inspector de salud debe revisar primero el lote, la fecha de caducidad, la cantidad y el nombre del producto, asegurándose de que los análisis de laboratorio salgan bien. Después, tiene que anotar en un acta oficial y en el Libro de Control el número y la fecha del permiso de importación. Todo esto se hace enfrente del dueño del negocio o de la persona encargada de la salud en el lugar donde está guardada la mercancía.
Texto oficial
ARTÍCULO 65. Para retirar las fajillas de los Derivados Farmacológicos o Medicamentos de la Cannabis, el verificador sanitario deberá constatar el número de lote, fecha de caducidad, cantidad y nombre de la materia que se libere con base en los resultados analíticos satisfactorios, y asentar en el acta, y en el Libro de Control, el número y la fecha del permiso de Importación. Estas acciones deberán llevarse a cabo en presencia del propietario o del responsable sanitario del Establecimiento donde esté consignada la mercancía.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.