- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
- Artículo
- 37
Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un niño o una persona que no puede tomar decisiones por sí misma está en condiciones de entender lo que le explican, hay que preguntarle si acepta participar en un estudio de investigación, después de contarle de forma clara de qué se trata. Esto es aparte del permiso que deben dar sus papás o tutores. Si el comité de ética (un grupo de expertos que revisa que todo se haga correctamente) tiene una razón válida, puede dejar de lado ese requisito.
Texto oficial
ARTICULO 37.- Cuando la capacidad mental y estado psicológico del menor o incapaz lo permitan, deberá obtenerse, además, su aceptación para ser sujeto de investigación, después de explicarle lo que se pretende hacer. El Comité de Ética en Investigación podrá dispensar el cumplimiento de estos requisitos por causas justificadas. Artículo reformado DOF 02-04-2014
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.