Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MIS/42
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Artículo
42

Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una investigación médica tiene más riesgo de lo normal y se hace con mujeres que pueden embarazarse, la ley dice que hay que cuidar dos cosas antes de empezar. Primero, asegurarse de que la mujer no esté embarazada antes de aceptar participar en el estudio. Segundo, hacer todo lo posible para que no se embarace mientras dure la investigación. Esto es para proteger tanto a la mujer como al bebé.

Texto oficial

ARTICULO 42.- En las investigaciones clasificadas como de riesgo mayor que el mínimo, que se realicen en mujeres en edad fértil, deberán tomarse medidas para: I. Certificar que las mujeres no están embarazadas, previamente a su aceptación como sujetos de investigación, y II. Disminuir en lo posible las probabilidades de embarazo durante el desarrollo de la investigación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.