Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre estudios médicos en mujeres embarazadas que no buscan curarles algo, sino solo aprender más sobre el embarazo en general. Si se hace una investigación así, no debe haber más que un riesgo muy pequeño para la mujer, el bebé que está por nacer (embrión o feto) o ambos. O sea, no se puede poner en peligro a nadie de forma seria, solo riesgos mínimos como los que tendrías en un chequeo de rutina. Esto protege tanto a la mamá como al futuro bebé.
Texto oficial
ARTICULO 45.- Las investigaciones sin beneficio terapéutico en mujeres embarazadas, cuyo objetivo sea obtener conocimientos generalizables sobre el embarazo, no deberán representar un riesgo mayor al mínimo para la mujer, el embrión o el feto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.