Artículo 102 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe del hospital o clínica revisa los estudios que le presenta un comité de expertos sobre una propuesta de investigación. Con base en eso, decide si la investigación puede hacerse o no. Pero hay casos especiales donde no es el jefe quien decide, sino una autoridad más grande (la Secretaría de Salud). Esos casos están explicados en otros artículos de la ley.
Texto oficial
ARTICULO 102.-El titular de la institución de salud, con base en los dictámenes de la Comi• sión de Investigación, decidirá si autoriza la rea• lización de las investigaciones que sean pro• p~estas, excepto cuando se trate de investiga• cIOnes que requieran la autorización específica de la Secretaría, como se indica en los artículos 31, 62, 69, 71, 73 Y 88 de este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.