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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Artículo
103

Artículo 103 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las comisiones que se mencionan en este artículo estarán formadas por al menos tres científicos cada una. Esos científicos deben tener experiencia comprobada en investigación. Esto aplica para cualquier comisión de este tipo, sin importar el tema específico que traten.

Texto oficial

ARTICULO 103. -Las comisiúnes se inte• grarán con un mínimo de tres científicos cada una, con experiencia en materia de investiga• ción.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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