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Artículo 103 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las comisiones que se mencionan en este artículo estarán formadas por al menos tres científicos cada una. Esos científicos deben tener experiencia comprobada en investigación. Esto aplica para cualquier comisión de este tipo, sin importar el tema específico que traten.

Texto oficial

ARTICULO 103. -Las comisiúnes se inte• grarán con un mínimo de tres científicos cada una, con experiencia en materia de investiga• ción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.