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Artículo 104 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para formar la Comisión de Ética, es obligatorio que haya hombres y mujeres en el equipo. También es recomendable que al menos una persona no trabaje en la misma clínica u hospital y que haya doctores que representen los valores morales, culturales y sociales de la comunidad de investigación. En el caso de la Comisión de Bioseguridad, se deben incluir científicos con mucha experiencia en ese tema, aunque no trabajen en la institución de salud, para asegurar que toda investigación siga las medidas de seguridad necesarias para evitar riesgos.

Texto oficial

ARTICULO 104.-Para constituir la Comisión de Etica se deberán incluir miembros de ambos sexos. Será recomendable que cuando menos uno de ellos' no pertenezca a la institución de salud y se incluya a profesionales de la medicina con capacidad de representar los valores mo• rales, culturales y sociales de los grupos de in• vestigación. . ARTICULO 105.-Para consdtuir la Comisión de Bioseguridad se incluirán científicos con am• plia experiencia o conocimiento en este campo, sean o no miembros del personal de la institución de salud, para asegurar que las actividades de investigación se realicen bajo adecuadas me• didas de bioseguridad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.