Artículo 108 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los miembros de las comisiones trabajan por tres años, y pueden ser elegidos para repetir otros tres años más. Durante el tiempo en que se revisa y se da un veredicto sobre sus propias investigaciones, son separados temporalmente de su cargo. Cada comisión debe seguir las reglas técnicas que ponga la Secretaría, además de su propio reglamento interno, que debe ser aprobado por la autoridad de la institución.
Texto oficial
ARTICULO 108.-Los miembros de las comi• s~ones permanecerán en funciones por un pe• nodo de tres años, pudiendo ser ratificados para Martes 6 de enero de 1987 DL\HIO OFICI.\L III un período igual y serán relevados de sus fun• ciones durante la evaluación y dictamen de sus propias investigaciones. El funcionamiento de cada comisión se sujetará a las normas técnicas que al efecto dicte la Secretaría, así como al re• glamento interior que formule la propia comi• sión y apruebe la autoridad correspondiente en la mstitución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.