Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un niño, niña o adolescente (menor de edad) o una persona que no puede valerse por sí misma (incapaz) va a participar en una investigación, si su mente y estado de ánimo se lo permiten, se debe pedir también su aceptación. Primero hay que explicarle con palabras sencillas de qué trata el estudio para que entienda y decida si quiere participar. La Comisión de Ética puede omitir este paso si hay razones muy importantes para hacerlo.
Texto oficial
ARTICULO 37.-Cuando la capacidad mental y estado psicológico del menor o incapaz lo per• mitan, deberá obtenerse, además. su aceptación para ser sujeto de investigación, después de ex• plIcarle lo que se pretende hacer. La Comisión de Martes 6 de enero de 1987 DIARIO OFICIAL 103 Etica podrá dispensar el cumplimiento de estos requisItos por razones justificadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.