Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un niño, niña o adolescente (menor de edad) o una persona que no puede valerse por sí misma (incapaz) va a participar en una investigación, si su mente y estado de ánimo se lo permiten, se debe pedir también su aceptación. Primero hay que explicarle con palabras sencillas de qué trata el estudio para que entienda y decida si quiere participar. La Comisión de Ética puede omitir este paso si hay razones muy importantes para hacerlo.

Texto oficial

ARTICULO 37.-Cuando la capacidad mental y estado psicológico del menor o incapaz lo per• mitan, deberá obtenerse, además. su aceptación para ser sujeto de investigación, después de ex• plIcarle lo que se pretende hacer. La Comisión de Martes 6 de enero de 1987 DIARIO OFICIAL 103 Etica podrá dispensar el cumplimiento de estos requisItos por razones justificadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.