Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 68 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 68 dice que, antes de probar un medicamento en personas, hay que hacer estudios de toxicología (es decir, revisar qué tan venenoso o dañino puede ser). Esos estudios se adaptan a cada medicina en específico, tomando en cuenta lo que ya se sabe de otras drogas con una estructura química parecida. También se considera cómo se va a administrar el medicamento (por ejemplo, si será en pastillas, inyección o crema) y por cuánto tiempo se usará en humanos.

Texto oficial

ARTICULO 68.-Los estudios de toxicología preclínica requeridos para cada fármapo es= tarán en función de éste en particular, de la toxi• cología potencial conocida de otros con estruc• tura química similar y de la vía y tiempo de ad• ministración que se pretenda utilizar en el ser humano.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.