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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MP/106
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Artículo
106

Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la que se encarga de cuidar que todas las personas y empresas sigan al pie de la letra este Reglamento y las demás leyes sobre el mismo tema. Para hacer su trabajo, se tiene que apegar estrictamente a lo que dice el Título Decimoséptimo de la Ley, donde vienen todas las reglas de vigilancia e inspección que debe seguir. Eso significa que no puede actuar por su cuenta, sino siguiendo el procedimiento ya establecido. En otras palabras, es la autoridad que supervisa que todo esté en orden, pero con un manual de cómo hacerlo.

Texto oficial

ARTÍCULO 106. Corresponde a la Secretaría la vigilancia del cumplimiento de este Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, la que se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Título Decimoséptimo de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad (pág. 25) ↗

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