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Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La publicidad de cualquier producto o servicio debe ser honesta y coincidir con lo que realmente es, según las reglas oficiales. No puede decir que un producto cura enfermedades, da energía o tiene propiedades especiales si no es cierto. En el caso de alimentos y bebidas con sellos de advertencia (como los de exceso de azúcar o calorías), está prohibido ponerles etiquetas que digan que son recomendados por asociaciones profesionales. Tampoco puede sugerir que usar el producto va a cambiar tu forma de ser o comportamiento. Por último, no debe hacerte creer que el producto tiene ingredientes o cualidades que en realidad no tiene.

Texto oficial

ARTÍCULO 6. La publicidad será congruente con las características o especificaciones que establezcan las disposiciones aplicables para los productos o servicios objeto de la misma, para lo cual no deberá: I. Atribuirles cualidades preventivas, terapéuticas, rehabilitatorias, nutritivas, estimulantes o de otra índole, que no correspondan a su función o uso, de conformidad con lo establecido en las disposiciones aplicables o en la autorización otorgada por la Secretaría; I Bis. Incluir sellos o leyendas de recomendación o reconocimiento por organizaciones o asociaciones profesionales en aquellos alimentos y bebidas no alcohólicas que, conforme a la norma correspondiente, deban incluir en su etiqueta uno o más sellos de exceso de energía o de nutrimentos críticos. Fracción adicionada DOF 08-09-2022 II. Indicar o sugerir que el uso o consumo de un producto o la prestación de un servicio, es un factor determinante para modificar la conducta de las personas, o III. Indicar o inducir a creer explícita o implícitamente que el producto cuenta con los ingredientes o las propiedades de los cuales carezca.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.