Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando veas publicidad de venenos para plagas o sustancias peligrosas, debe decir claramente qué tan tóxicas son. También tienen que advertirte que si las usas para algo diferente a lo que dice el producto, te pueden multar o castigar según la ley. Además, las autoridades pondrán en el permiso del producto una advertencia sobre los riesgos para tu salud, dependiendo de lo peligroso que sea.
Texto oficial
ARTÍCULO 67. La publicidad de plaguicidas y sustancias tóxicas deberá señalar la clasificación toxicológica del producto, indicando que cualquier uso distinto al autorizado será sancionado conforme a la Ley, sin perjuicio de lo que establezcan otros ordenamientos legales. La Secretaría señalará en la autorización correspondiente la leyenda precautoria o de prevención de riesgos a la salud, de conformidad con el nivel de toxicidad del producto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.