- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
- Artículo
- 69
Artículo 69 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los anuncios de productos biotecnológicos no pueden usar niños o niñas como modelos. Esto aplica a cualquier tipo de publicidad, como comerciales de tele o anuncios en internet. La ley lo prohíbe para evitar que los menores aparezcan promoviendo este tipo de productos.
Texto oficial
ARTÍCULO 69. La publicidad de los productos a que se refiere este Título no podrá utilizar a niños como modelo. TÍTULO DÉCIMO Publicidad de productos biotecnológicos Capítulo único
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.