Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si el reglamento no dice cuántos días tiene la Secretaría para responderte, ellos tienen 40 días para darte una respuesta sobre tu solicitud. Ese plazo empieza a contar desde el día después de que ellos reciban tu solicitud completa, con todos los documentos y datos que piden.
Texto oficial
ARTÍCULO 72. Cuando el presente Reglamento no especifique un plazo expreso para resolver sobre una solicitud, la Secretaría dispondrá de cuarenta días para ese efecto. En todos los casos, los plazos se contarán a partir del día siguiente al de la recepción de las solicitudes debidamente requisitadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.