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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Artículo
77

Artículo 77 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las agencias de publicidad solo pueden hacer anuncios siguiendo exactamente lo que dice su permiso o su aviso, según lo que les corresponda. Si tienen una autorización, deben respetar todo lo que ahí se indica. Si solo es un aviso, también tienen que cumplir con lo que pusieron en él. No pueden inventarse cosas ni cambiarlo por su cuenta.

Texto oficial

ARTÍCULO 77. Las agencias de publicidad deberán apegarse a los términos de la autorización o del aviso, en su caso, para la elaboración de los materiales publicitarios.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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