Artículo 94 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice las reglas que deben seguir los "terceros autorizados", que son personas o empresas que tienen permiso para hacer trámites o servicios oficiales. Tienen que cumplir con la ley en todo lo que hagan, dar un trato igualitario a todos sin discriminar, y evitar que sus intereses personales afecten su trabajo. Si detectan que alguien está haciendo algo mal, deben avisar de inmediato a la Secretaría (la dependencia del gobierno), y también entregar reportes de sus servicios cuando se los pidan. Además, deben dejar que la Secretaría revise sus instalaciones y documentos, guardar la información de sus clientes en secreto, y respetar los derechos de autor o patentes que aparezcan.
Texto oficial
ARTÍCULO 94. Los terceros autorizados deberán: I. Ajustarse a la normatividad aplicable a los actos o hechos en que intervengan; II. Prestar sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las demás disposiciones en materia de competencia económica; III. Evitar la existencia de conflictos de interés que puedan afectar sus actuaciones y excusarse cuando existan; IV. Informar de manera inmediata a la Secretaría de cualquier irregularidad o inobservancia en que incurran sus usuarios; V. Presentar a la Secretaría informes sobre los dictámenes y recomendaciones técnicas que expida; VI. Informar periódicamente a la Secretaría sobre los servicios que preste; VII. Asistir a la Secretaría cuando ésta lo solicite; VIII. Permitir la verificación de sus actividades y facilitar a la Secretaría el libre acceso a sus instalaciones, así como proporcionar la información que le sea requerida; IX. Respetar la confidencialidad y los derechos de propiedad intelectual e industrial que se deriven de la documentación e información proporcionada por los solicitantes, y X. Los que determine la Secretaría conforme a las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.