Artículo 96 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene la obligación de cuidar y mantener en secreto todos los documentos y datos que le entreguen los terceros autorizados (personas o empresas con permiso para participar). Esto significa que no puede compartir ni divulgar esa información con nadie que no deba tener acceso, siguiendo las reglas que marca la ley. En pocas palabras, la Secretaría debe guardar como confidencial lo que esos terceros le proporcionen.
Texto oficial
ARTÍCULO 96. La Secretaría deberá custodiar y garantizar la confidencialidad de la documentación e información proporcionada por los terceros autorizados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.