Artículo 102 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay personas que no estudiaron una carrera de medicina, pero que con la capacitación adecuada pueden dar servicios de primeros auxilios o atención básica de salud. Para eso, la Secretaría de Salud les da un permiso especial que tienen que renovar cada dos años. Ese permiso se entrega pensando en lo que necesita la comunidad y en la ayuda urgente que se requiera.
Texto oficial
ARTICULO 102.- Para los efectos de este Reglamento, se consideran personal no profesional autorizado para la prestación de servicios de atención médica, aquellas personas que reciban la capacitación correspondiente y cuenten con la autorización expedida por la Secretaría que los habilite a ejercer como tales, misma que deberá refrendarse cada dos años. En todo caso, para la expedición de la autorización a que se refiere el párrafo anterior se tomarán en cuenta las necesidades de la colectividad y el auxilio requerido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.