Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene la obligación de checar seguido cómo trabajan los servicios y las actividades del personal que se menciona en el artículo 102 de este reglamento. Básicamente, significa que una autoridad debe vigilar que todo esté en orden y se haga como debe ser. Esto aplica para ciertos trabajadores específicos, como los que están descritos en esa otra regla. Es como si un jefe fuera a revisar periódicamente que su equipo esté haciendo bien su chamba.

Texto oficial

ARTICULO 109.- La Secretaría realizará periódicamente la supervisión de los servicios que presten y las actividades que realicen el personal a que se refiere el artículo 102 del presente Reglamento. Artículo reformado DOF 01-11-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.