Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En todas las cárceles y centros de readaptación tiene que haber un servicio médico que pueda atender cualquier problema de salud, incluyendo cirugías. Si un preso necesita ir a un hospital más grande o especializado, las autoridades encargadas de la seguridad se hacen responsables de vigilarlo durante el traslado.
Texto oficial
ARTICULO 11.- En todos los reclusorios y centros de readaptación social deberá existir un servicio de atención médico-quirúrgico, que permita resolver los problemas que se presenten. En caso de que un interno deba ser transferido a una unidad médica con mayor poder de resolución, la custodia quedará a cargo de la autoridad competente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.