Artículo 116 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud es la que tiene la facultad de crear y publicar las reglas oficiales (normas oficiales mexicanas) sobre cómo se deben dar los servicios básicos de planificación familiar. Esto significa que ella decide los lineamientos que deben seguir los centros de salud para ofrecer información, métodos anticonceptivos y consultas sobre este tema. La ley se actualizó el 1 de noviembre de 2013 para dejar claro quién tiene esta responsabilidad. En pocas palabras, el artículo dice que la Secretaría pone las reglas del juego para que los servicios de planificación familiar sean uniformes y de calidad en todo México.
Texto oficial
ARTICULO 116.- Corresponde a la Secretaría dictar las normas oficiales mexicanas para la prestación de los servicios básicos de salud en la materia de planificación familiar. Artículo reformado DOF 01-11-2013 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-07-2018 22 de 56
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