Artículo 117 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud tiene que ayudar y dar apoyo técnico a hospitales y clínicas (tanto del gobierno como privados) para que puedan ofrecer servicios de planificación familiar. Esto incluye asesoría sobre métodos anticonceptivos y otros servicios básicos de salud relacionados. En palabras simples, el gobierno se asegura de que todas las instituciones tengan lo necesario para informarte y atenderte bien en temas de planificación familiar.
Texto oficial
ARTICULO 117.- La Secretaría proporcionará la asesoría y apoyo técnico que se requiera en las instituciones de los sectores público y social, así como en los establecimientos privados, para la adecuada prestación de los servicios básicos de salud en materia de planificación familiar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.