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Artículo 162 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los tratamientos médicos con materiales radioactivos en un laboratorio solo los pueden hacer médicos especialistas, y ellos son los únicos responsables de lo que pase. Si se usan esos materiales durante una cirugía, se deben seguir las medidas de seguridad que marque la Secretaría de Salud, según una norma oficial mexicana. En pocas palabras, no cualquiera puede manipular estas sustancias, y cuando se usan en operaciones hay que seguir reglas estrictas para evitar riesgos.

Texto oficial

ARTICULO 162.- Los tratamientos médicos con isótopos radioactivos que se realicen en el laboratorio, serán practicados exclusivamente por médicos especialistas, bajo su propia responsabilidad. Cuando los radioisótopos sean requeridos para tratamiento en el curso de intervenciones quirúrgicas, se deberán tomar las medidas de seguridad que la Secretaría señale al respecto a través de la norma oficial mexicana respectiva. Artículo reformado DOF 01-11-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

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