- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
- Artículo
- 174
Artículo 174 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un Gabinete de Radio-diagnóstico es cualquier lugar que use equipos de Rayos X para revisar tu salud, como cuando te sacan una placa. Los aparatos deben servir solo para diagnóstico, no para tratamiento. Básicamente, es el consultorio o clínica donde te toman radiografías.
Texto oficial
ARTICULO 174.- Se entiende por Gabinete de Radio-diagnóstico al establecimiento que utilice equipos y aparatos de Rayos X con fines de diagnóstico.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.