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Artículo 174 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un Gabinete de Radio-diagnóstico es cualquier lugar que use equipos de Rayos X para revisar tu salud, como cuando te sacan una placa. Los aparatos deben servir solo para diagnóstico, no para tratamiento. Básicamente, es el consultorio o clínica donde te toman radiografías.

Texto oficial

ARTICULO 174.- Se entiende por Gabinete de Radio-diagnóstico al establecimiento que utilice equipos y aparatos de Rayos X con fines de diagnóstico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.