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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Artículo
174

Artículo 174 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un Gabinete de Radio-diagnóstico es cualquier lugar que use equipos de Rayos X para revisar tu salud, como cuando te sacan una placa. Los aparatos deben servir solo para diagnóstico, no para tratamiento. Básicamente, es el consultorio o clínica donde te toman radiografías.

Texto oficial

ARTICULO 174.- Se entiende por Gabinete de Radio-diagnóstico al establecimiento que utilice equipos y aparatos de Rayos X con fines de diagnóstico.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud (pág. 35) ↗

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