Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ningún hospital, clínica o doctor particular puede contratar a alguien del área de la salud que no tenga su título o cédula profesional aprobada por las autoridades educativas. Esto aplica a todo el personal, como médicos, enfermeras o técnicos. La idea es asegurarse de que solo gente preparada y con permiso oficial pueda trabajar contigo. Si no tienen los papeles en regla, no pueden ser contratados.

Texto oficial

ARTICULO 22.- No podrá ser contratado por los establecimientos de atención médica, ni por los profesionales que en forma independiente presten sus servicios, personal de las disciplinas para la salud que no esté debidamente autorizado por las autoridades educativas competentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.