Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los dueños o encargados de hospitales, clínicas o consultorios tienen la obligación de tener un archivo con los papeles de sus doctores, enfermeras y demás personal de salud que trabaje para ellos. Ese archivo debe estar siempre al día. Cuando las autoridades de salud lo pidan, tienen que mostrarles esos documentos sin excusas.
Texto oficial
ARTICULO 24.- Los responsables de los establecimientos donde se presten servicios de atención médica, están obligados a llevar un archivo actualizado en el que conste la documentación de los profesionales, técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud que presten sus servicios en forma subordinada, misma que deberá ser exhibida a las autoridades sanitarias cuando así lo soliciten.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.