Artículo 252 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La autoridad de salud puede multarte por una falta, pero eso no significa que todo se resuelva con pagar. Además de la multa, pueden imponerte medidas como clausurar el lugar o suspender actividades para proteger la salud de la gente. Esas medidas seguirán vigentes hasta que corrijas el problema que causó la multa. O sea, no basta con pagar: tienes que arreglar lo que hiciste mal.
Texto oficial
ARTICULO 252.- La aplicación de las multas será sin perjuicio de que la autoridad sanitaria dicte las medidas de seguridad hasta en tanto se subsanen las irregularidades.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.