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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Artículo
31

Artículo 31 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los doctores, enfermeras, técnicos y cualquier persona que trabaje en el área de la salud tienen la obligación de ayudar a crear y difundir programas que enseñen a la gente a cuidar su salud. Esto quiere decir que deben participar en pláticas, talleres o campañas para que todos aprendamos a prevenir enfermedades y llevar una vida más sana. No es solo atender a los enfermos, sino también enseñar cómo no enfermarse.

Texto oficial

ARTICULO 31.- Los profesionales, técnicos y auxiliares de las disciplinas de la salud, deberán participar en el desarrollo y promoción de programas de educación para la salud.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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