- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
- Artículo
- 46
Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de salud y los hospitales deben decirte cómo usar los servicios médicos que necesites. Te van a explicar los pasos a seguir y resolver tus dudas sobre trámites o atención. Esto aplica tanto si pides un servicio como si ya eres usuario del sistema de salud. Básicamente, la ley obliga a que te orienten y aconsejen para que sepas bien cómo funcionan las cosas.
Texto oficial
ARTICULO 46.- Las autoridades sanitarias competentes y las propias instituciones de salud, establecerán procedimientos de orientación y asesoría a los demandantes y usuarios sobre el uso de los servicios que requieran.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.